martes, 21 de abril de 2009

¿Qué es el Mobbing?

Estimados socios,

Les dejo una información que es muy importante para que la conozcan y es el llamado: Acoso Moral o Mobbing en la Ley vigente.

¿Qué es el Mobbing?

“Mobbing” es una situación en la que una persona o un grupo de personas ejercen una violencia psicológica extrema, de forma sistemática (al menos, una vez por semana), durante un tiempo prolongado (más de 6 meses), sobre otra persona en el lugar de trabajo. En castellano, podríamos traducirlo como “acoso moral” u “hostigamiento psicológico en el trabajo”. En el caso del mobbing hay que destacar que el agresor se sitúa siempre por encima de la víctima en cuanto a su categoría profesional.

RECUERDA, El mobbing es una enfermedad derivada del trabajo. Si te dan de baja por enfermedad común, denúncialo.

Se sabe que no existe Ley sobre Acoso Moral, pero también que ello no es impedimentos para que nuestros tribunales actúen en cumplimiento de su labor Jurisdiccional sancionando las situaciones de hostigamiento que provocan un daño a la integridad física y psíquica de la víctima, como asimismo, a otros bienes jurídicos protegidos constitucionalmente.

En cumplimiento de las normas internacionales que son reconocidos como ley en nuestro país, tratados, pactos y convenios, el legislador ha adoptado el reconocimiento de la obligación de protección de los trabajadores. De ello dan cuenta numerosas disposiciones contenidas en el Código del Trabajo, Ley 16.744, Código Sanitario, la propia Constitución Política de la República en la tabla de garantías, artículo 19 N° 1, 2, 4, 9, 13, 16, 18, 19, que expresa los derechos reconocidos por la máxima ley en calidad de derechos propios de la persona humana.

Existen, abundantes disposiciones que sustentan el derecho a trabajar libremente en un ambiente grato, amigable y digno de la persona del trabajador. En este aspecto debemos ser claros en cuanto el Art. 19 N° 2 y 4 de la Constitución, sostienen el andamio subjetivo e íntimo donde el valor de los derechos adquiere su verdadera dimensión: esto es la Dignidad de la Persona Humana, concepto de garantía polivalente en cuanto recubre todos y cada uno de los demás derechos que la Constitución garantiza. Dicho de otro modo, no existe libertad si esta no se encuentra en un plano de dignidad para el ser humano; la vida y la salud, el trabajo y todos los derechos aludidos carecerían de sustancia si no estuvieren revestidos de la dignidad humana.


Saludos cordiales,

Juan Pablo Jaramillo J.
Presidente

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